BORRERO MORO, CRISTOBAL J.
Prólogo
I. La trascendente y contradictoria doctrina constitucional sobre el artículo 6.3 LOFCA
1. La trascendente y contradictoria doctrina constitucional sobre el artículo 6.3 LOFCA
2. El necesario engarce de dicha doctrina en el ordenamiento constitucional financiero como objeto de estudio
II. Las dificultades de engarce de la interpretación constitucional del artículo 6.3 LOFCA en términos de materia imponible en la configuración constitucional de la autonomía financiera
1. La configuración constitucional de la autonomía financiera
2. La doctrina constitucional no afecta cuantitativamente al poder tributario autonómico
3. La doctrina constitucional afecta cualitativamente al poder tributario autonómico
III. Los tributos autonómicos de imputación de costes públicos como presupuesto de superación por el poder tributario autonómico de su imposibilidad para afectar a la materia imponible «local»
1. El tributo con finalidad extrafiscal como presupuesto de superación de dicho límite (SSTC 289/2000, 179/2006 y AATC 417/2005, 434/2005, 456/2007)
2. La tasa como nuevo presupuesto de superación de dicho límite (STC 168/2004)
3. Los tributos autonómicos de imputación de costes públicos como presupuesto de superación de dicho límite
4. La materia imponible pretendidamente afectada por los tributos de imputación de costes públicos
a) Planteamiento
b) La materia imponible pretendidamente afectada por los tributos con finalidad extrafiscal
c) La materia imponible pretendidamente afectada por las tasas
IV. Posición crítica ante una doctrina constitucional que parece desconocer su propia doctrina sobre la materia imponible
1. El objeto del tributo (materia imponible): concepto, determinación y trascendencia tributaria
2. La insostenibilidad de la posición del TC a la luz de su propia doctrina sobre la materia imponible
a) En el marco de los tributos con finalidad extrafiscal
b) En el marco de las tasas
V. Propuesta de solución al conflicto constitucional planteado
Introducción
1. La distinción entre materia imponible y objeto del tributo
2. La interpretación del artículo 6.3 LOFCA en los términos de hecho imponible (SSTC 14/1998; 233/1999 y 242/2004)
La vidriosa doctrina constitucional que interpreta el artículo 6.3 LOFCA en los términos de materia imponible cuestiona cualitativamente la autonomía financiera, al limitar indebidamente el poder tributario propio autonómico, dada la extensiva ocupación de la materia imponible por los tributos locales. Sin que la solución aportada por el TC, entendiendo que los tributos de imputación de costes públicos, ya sean tributos con finalidad extrafiscal, ya sean tasas, afectan a materias imponibles diferentes de las manifestaciones de riqueza sobre las que se edifican, sea cabalmente acomodada a la CE, al ignorar la inexcusable necesidad de que la materia imponible, en tanto que expresión del principio de capacidad económica, venga constituida por manifestaciones de riqueza aptas para contribuir al sostenimiento de los gastos públicos. De ahí que defendamos bien la interpretación del artículo 6.3 LOFCA en los términos de hecho imponible, bien la distinción entre objeto del tributo -realidad económica- y materia imponible -construcción jurídica de la riqueza gravada-, viniendo dicho artículo referido a ésta.\